Con el objetivo de fomentar las operaciones de comercio exterior en beneficio de los Agentes Aduanales, personas contribuyentes, usuarias, usuarios, personas importadoras y exportadoras, la Administración General de Aduanas informó que agilizará la liberación de mercancías retenidas.

Detalló que estas acciones agilizan el reconocimiento de mercancías sujetas a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información comercial y la liberación de mercancías retenidas por datos omitidos o inexactos en el etiquetado.

Y es que anteriormente las autoridades aduaneras retenían las mercancías en recintos fiscales y fiscalizados en los términos del artículo 158 de la Ley aduanera, por el incumplimiento del etiquetado establecido por la Secretaría de Economía.

“Con estas acciones, agilizamos el despacho aduanero y reforzamos el abc para aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción”, detalló la dependencia federal.

Cabe destacar, que actualmente, en los puntos de entrada y salida al país durante el reconocimiento aduanero, las y los usuarios podrán apegarse al beneficio del segundo párrafo de la regla 3.7.20 de Comercio Exterior para evitar que se retengan sus mercancías por fallas o incumplimiento de etiquetado.

Además, se les extenderá el beneficio de 30 días para que la o el interesado acredite el cumplimiento de la NOM de información comercial correspondiente, siempre que cumplan con lo dispuesto en la ficha de trámite 148/LA del Anexo 1-A.

Para mayor información, consultar el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461174961782&ssbinary=true