El ex síndico municipal Juan Carlos Beristain Navarrete durante la administración 2016-2018 informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el proceso que interpuso en contra de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo conocida en el argot político como “Ley Casitas”.

La Ley Casitas fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, la polémica Ley de Acciones Urbanísticas de Quintana Roo, promovida por el diputado independiente, Juan Carlos Pereyra Escudero, con la que se autoriza a las desarrolladoras y empresas constructoras a que hagan casas de menor tamaño, en las categorías de interés social, media y residencial.

Esta nueva normativa fue publicada como parte del Decreto número 194, que también incluye a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo, así como las reformas a la Ley de Vivienda, la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente, la Ley de Propiedad de Condominio de Inmuebles y la Ley de Expropiación.

Cabe recordar que estas leyes y reformas se aprobaron durante la XV Legislatura del Congreso del Estado, causando mucha polémica entre diversos sectores del estado, como fue el caso del Colegio de Biólogos de Quintana Roo, que la rechazó por contener un espíritu privatizador, porque se favorece a las desarrolladoras y empresas constructoras, pero sin garantizar las mejores condiciones de vivienda digna y además contribuye al problema de hacinamiento en los hogares.

Cuando se presentaron en diciembre de 2017 y posterior a su aprobación, las nuevas leyes fueron tajantemente rechazadas por el Colegio de Biólogos del Estado, ya que están repletas de diversas incongruencias, atentan contra la calidad de vida de las familias quintanarroenses e invaden atribuciones que no les corresponden, además que no hubo realmente una consulta a los cuerpos colegiados para su elaboración.

La Ley de Acciones Urbanísticas fue presentada en diciembre de 2017 y aprobada de urgencia el 16 de mayo de este 2018, contando con el respaldo unánime de los diputados de la XV Legislatura del Congreso del Estado.

Como parte de esta Ley, se establecen las medidas que deberán tener los lotes de fraccionamientos y conjuntos urbanos habitacionales, comerciales, industriales, turísticos, mixtos y funerarios.

Sin embargo, llama la atención que para el caso de fraccionamientos y conjuntos urbanos habitacionales, se autoriza construir viviendas de menor tamaño, en comparación con la anterior Ley de Fraccionamientos del Estado, la cual fue reemplazada por la nueva legislación.

A partir de esta nueva Ley, se permite construir viviendas de menor tamaño, donde las casas de categoría mediana, ahora, se convierten en casas de interés social, según el tamaño anterior; y las casas de interés social ahora pasan a ser espacios mucho más pequeños.

Con la anterior Ley de Fraccionamientos, los lotes de fraccionamientos urbanos de tipo interés social y/o popular no podían tener un frente menor de 7.20 metros, ni una superficie menor de 110 metros cuadrados y un área libre mínima del 20 por ciento.

Lo mismo sucede con los lotes unifamiliares de la categoría media, que ahora podrán tener un frente no menor a 7.2 metros, una superficie no menor a 144 metros cuadrados y un área libre mínima del 20 por ciento; a diferencia de la Ley anterior que autorizaba lotes con un frente no menor de 10 metros, ni una superficie menor de 200 metros cuadrados y un área libre mínima del 20 por ciento.

También se reducen los lotes unifamiliares de las categorías residencial y residencial plus, que tendrán un frente no menor a 8 metros, una superficie no menor a 180 metros cuadrados y un área libre mínima del 25 por ciento. En este caso, hablamos de una disminución de 4 metros de frente y casi el 50 por ciento, de superficie, ya que en la Ley anterior, los lotes para esta categoría no podían tener un frente menor de 12 metros ni una superficie menor de 300 metros cuadrados, así como espacios libres con un mínimo del 30 por ciento, de la superficie total de cada lote.

El decreto entrará en vigor a partir de este 17 de agosto, teniendo un plazo de 180 días naturales para que el gobernador Carlos Joaquín González expida el reglamento correspondiente, que será aplicable en los temas de competencia estatal y hasta en tanto, los ayuntamientos no expidan sus respectivos ordenamientos municipales en la materia.

Versión escrita de la conferencia de prensa emitida por ayudan Carlos Beristain:

“Estimados solidarenses, representantes y voceros de la prensa y los medios locales:
Muy buenos días. Un saludo para todos.

Primero que nada, muchas gracias por asistir a nuestra convocatoria.
Seguramente muchos recordarán la controversial «Ley de Asentamientos Humanos», mejor conocida como «Ley casitas», aprobada por la XV Legislatura del Congreso del Estado de Quintana Roo, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la entidad, el 16 de agosto de 2018.

En esa época, un servidor, en mi calidad de Síndico del Ayuntamiento, interpuse una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con la finalidad de impugnarla, ya que, en lo esencial, dicha ley no beneficiaba a los Solidarenses.

Después de más de dos años de lucha, la controversia constitucional interpuesta en su momento por un servidor ha prosperado, como síndico del Ayuntamiento de Solidaridad, advertí que esta ley invadía atribuciones municipales.

“Después de mucha espera y mucho insistir, el pasado jueves se realizó la audiencia por parte de la Suprema Corte y con mucha alegría puedo informar que los magistrados comprobaron que efectivamente esta ley era inconstitucional en dos de sus artículos, al violentar la autonomía de los ayuntamientos”.

Este logro se suma a los resultados de la presente administración 2018-2021, alineada al Proyecto de Nación que impulsa del presidente de la República, el Lic. Andrés Manuel López Obrador estamos presenciando un avance en materia de derechos humanos y justicia social. El problema de la vivienda, sumado al de la tenencia de la tierra, son dos de los temas más urgentes que afectan el desarrollo social de nuestro municipio.

Favorablemente, el Pleno resolvió que el Estado invadió la esfera de atribuciones del Municipio, al facultarse la emisión de constancias de compatibilidad territorial de acciones urbanísticas, la cual se encontraba contenida en el artículo 5, fracción I de la Ley de Acciones Urbanísticas de esta entidad federativa, motivo por el cual se invalidó dicho precepto.

Asimismo, señaló que la obligación de los Municipios de trasmitir al Gobierno del Estado el 20% de las áreas de cesión para áreas públicas, necesarias para la convivencia en desarrollos emanados de acciones urbanísticas, es inconstitucional. Por lo que también procedió a invalidar el artículo 46, penúltimo párrafo de la Ley de Acciones Urbanísticas de este territorio.

Cabe destacar que, los artículos invalidados violentaban la soberanía y autonomía municipal estipulada en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual delimita la existencia de los Municipios, así como sus características y obligaciones.

Así mismo, con esta resolución, se logró propiciar beneficios para los desarrolladores, ya que se elimina el trámite de constancia de compatibilidad territorial, lo que también se traduce en un factor de fomento a la inversión.
Por todo esto, considero pertinente divulgar este importante logro, para que el pueblo solidarense esté debidamente actualizado en cuanto a los cambios en la ley.

En este caso, la modificación es favorable para la mayoría; además, permite al municipio fomentar un desarrollo con justicia social, conforme a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

De esta manera, es más fácil llevar los servicios públicos hasta los rincones más apartados de la municipalidad, especialmente allí donde reside la población más vulnerable y afectada por la desigualdad social y las crisis económicas.

Espero que esta lección sirva de ejemplo a nuestros futuros legisladores y gobernantes.
A nombre de todas las personas que nos acompañaron en este justo reclamo, de inicio a fin, en particular quiero mencionar al colegio de biólogos, a los habitantes de villas del sol, guadalupana y otros fraccionamientos así como a los abogados que aportaron su conocimiento, tiempo y experiencia; al lic Ocampo, al lic Medrano, al lic escamilla, al lic Desigha entre otros muchos colaboradores que hicieron posible cristalizar esta demanda ciudadana atreves de la vía legal manifiesto nuestro incondicional agradecimiento a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la abrogación de la «Ley casitas»…

También me acompañan parte de los regidores que le dieron puntual seguimiento a esta controversia y adicionalmente han logrado para este municipio en conjunto con los desarrolladores mayores áreas de donación para infraestructura urbana como es el caso de los logros en el nuevo fracc. de CADU en donde se obtuvo el 30%, cuando solo correspondía el 15%, el terreno donado al municipio es aproximadamente de 12 hectáreas, esto nos permitirá contar con más espacios para desarrollar infraestructura urbana cercana a la clase trabajadora que habita en este fraccionamiento, tales como Escuelas, Parques, áreas deportivas y recreativas y de salud que tanto nos demanda la gente que habita en esta zona de la ciudad”.