Ciudad de México, 21 de julio de 2021
INFORMA SEDEMA SOBRE NORMA AMBIENTAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO NACDMX-007-RNAT-2019
La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), a través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), informa sobre el Aviso por el que se da a conocer la Norma Ambiental para la Ciudad de México NACDMX-007-RNAT-2019 que establece la clasificación y especificaciones de manejo integral para los residuos de la construcción y demolición:
  • El aviso fue publicado este martes 20 de julio en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por lo que una vez entrada en vigor la NACDMX-007-RNAT-2019 queda sin efectos la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013, publicada el 26 de febrero de 2015
  • Con la NACDMX-007-RNAT-2019 además de establecer la clasificación y especificaciones para el manejo de los residuos de la construcción y demolición, se busca fomentar el manejo adecuado de estos residuos, así como garantizar su reciclaje, reúso y su correcta disposición final
  • De acuerdo con el Diagnóstico del Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos para la Ciudad de México (PGIRS) 2016-2020, durante 2014 en la Ciudad de México se generaron 12,003,359.51 metros cúbicos de residuos de la construcción; 18,478.71 toneladas material ferroso y 26,151.94 toneladas de otro tipo de residuos asociados a las obras de construcción o demoliciones
  • La norma establece que los residuos de la construcción y demolición deberán seleccionarse en el origen y entregarse en los sitios autorizados por esta Secretaría o por la autoridad ambiental competente, de forma separada para facilitar su valorización, de acuerdo con las siguientes categorías:
A)Concreto simple
B) Concreto armado
D)Mampostería con recubrimiento
F)Mezcla Asfáltica
H)Elementos prefabricados con materiales mixtos
I)Otros Residuos de Manejo especial generados en obra
  • Para fines del manejo de los residuos de la construcción y demolición, los generadores de los mismos tendrán las siguientes categorías, conforme al volumen o su equivalente en masa según el tipo de material y de residuos que generen sus actividades por proyecto al año:
A)Grandes generadores: más de 80 m3/año (o proyecto)
B) Pequeños generadores: más de 7 m3/año y hasta 80 m3/año (o proyecto)
C) Microgeneradores: hasta 7 m3/año (o proyecto)
  • Los residuos generados en obras de construcción como construcción, modificación, remodelación, ampliación, adecuación, rehabilitación, restauración, reparación, sustitución de infraestructura, conservación, mantenimiento, instalación, demolición u otras deberán separarse en la fuente generadora y ser objeto de un Plan de Manejo
  • Los residuos como metales, excavación y residuos de manejo especial establecidas deberán de separase en obra con la finalidad de ser enviados a sitios de valorización o reciclaje. El almacenamiento de los residuos de la construcción y demolición, dentro de la fuente generadora o predio, podrá realizarse por un periodo máximo de un mes, debiendo minimizar la dispersión de polvos y la emisión de material particulado con el uso de agua tratada o cubrirlo con lonas, plásticos u otro material que evite la dispersión
  • Durante la recolección y transporte se debe mantener la separación de estos residuos realizada desde la fuente por el generador y evitar mezclarlos con los residuos sólidos urbanos u otros de manejo especial o peligrosos. Además, se deberá describir el proceso de medición para cuantificar los residuos que son recibidos por el centro de acopio o centro de transferencia

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