sábado, mayo 23, 2026
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Fonatur toma el control de Playa Carabali en Acapulco: Semarnat le entrega miles de metros cuadrados de zona costera

En un esfuerzo por reorganizar la administración de las riquezas naturales y turísticas del país, el Gobierno de México ha formalizado la entrega de una importante franja playera de este emblemático puerto guerrerense a manos federales. A través de un acuerdo oficial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) destinó una superficie de más de 8 mil metros cuadrados de la conocida Playa Karabalí (caracterizada regionalmente como Playa Carabalí) al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR).

El documento, firmado digitalmente en la Ciudad de México por la Secretaria de Medio Ambiente, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra, establece que los terrenos costeros y las construcciones comerciales que ahí se encuentran quedan bajo la administración única del fondo federal.

A continuación, te explicamos de manera amplia, sencilla y detallada de qué se trata este decreto técnico, qué incluye la entrega y cuáles son las prohibiciones estrictas para evitar que esta zona pública sea privatizada o destruida.

¿Qué es exactamente lo que el Gobierno Federal le entregó a Fonatur?

Para que el pueblo de México dimensione el tamaño de la entrega, el acuerdo detalla que la SEMARNAT puso en manos de Fonatur (actuando como fiduciaria del fideicomiso correspondiente) una superficie total de 8,312.305 metros cuadrados en el Municipio de Acapulco de Juárez.

Esta enorme área costera se divide técnicamente en tres tipos de terrenos legales:

  1. Playa marítima: La zona de arena donde rompen las olas de manera natural.
  2. Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat): La franja de 20 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a las playas.
  3. Terrenos ganados al mar: Superficies que originalmente eran agua y que, por obras humanas o movimientos de la marea, quedaron descubiertas permanentemente.

Además del suelo, la entrega incluye la infraestructura turística y comercial que ya se encuentra edificada sobre esos miles de metros cuadrados:

  • Un restaurante operativo.
  • Varias palapas tipo hongo (para el descanso de los visitantes).
  • Un almacén de resguardo.

El sustento legal: El patrimonio de la nación bajo la lupa

El decreto se fundamenta en la Ley General de Bienes Nacionales y en el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar.

Estas leyes técnico-ambientales establecen que las playas de México son bienes de uso común. Esto significa que le pertenecen a toda la Nación y el gobierno tiene la facultad de asignarlas a dependencias específicas (como Fonatur) para que se encarguen de su mantenimiento, embellecimiento y explotación ordenada, cuidando que no se conviertan en focos de anarquía urbana o contaminación.

Las 6 prohibiciones estrictas: ¿Qué NO se puede hacer en Playa Carabalí?

Conscientes de que la entrega de terrenos playeros a un fondo de fomento turístico puede despertar temores de privatización o destrucción ecológica entre la población local de Guerrero, el Artículo Sexto del acuerdo introduce un candado de protección ambiental.

Para mantener su vigencia y no perder la concesión, Fonatur tiene la obligación de abstenerse estrictamente de las siguientes actividades:

  • No privatizar el paso: Queda prohibido realizar obras, construcciones o instalaciones que delimiten la superficie con cercas, alambradas, bardas o setos que impidan, inhiban o restrinjan el libre tránsito del pueblo por la playa.
  • No construir sin permiso técnico: No se podrá levantar ningún tabique, cimiento o palapa extra sin contar con la autorización previa y expresa de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
  • No al almacenamiento de basura: Queda estrictamente prohibido almacenar de manera permanente residuos de cualquier tipo en la arena o zonas colindantes.
  • No a las descargas de aguas negras: No se permitirá realizar descargas residuales directamente al mar o dentro de la superficie asignada.
  • Prohibido alterar la naturaleza: No se puede modificar la morfología (la forma natural) de la playa ni alterar las condiciones ambientales imperantes.
  • Prohibido excavar sin control: Están vetados los movimientos de tierra que modifiquen de forma artificial la estructura natural del suelo de la costa.

¿Qué pasa si Fonatur viola estas reglas?

El acuerdo advierte de manera contundente que esta asignación no representa un cheque en blanco. Si Fonatur decide darle un uso distinto al terreno (como rentarlo para desarrollos hoteleros privados que cierren la playa), o si permite que se violen las normas ecológicas mencionadas, la SEMARNAT retirará el bien de manera inmediata.

La vigilancia del estricto cumplimiento de estas reglas correrá a cargo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre, cuyos inspectores tendrán la facultad de auditar la playa constantemente.

Conclusión

El decreto entró en vigor de manera oficial en este mes de mayo de 2026, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Para el pueblo de Acapulco y el turismo nacional, esta medida significa que la emblemática Playa Carabalí cuenta ahora con un administrador institucional que tiene los recursos para mantenerla limpia y ordenada. Sin embargo, la ciudadanía debe mantenerse vigilante para exigir que se respete el libre tránsito y que la riqueza natural de las costas de Guerrero siga siendo un espacio público y gratuito para el disfrute de todas las familias mexicanas.

Por. A.G. Información. DOF.

Redacción Realidades en Red
Redacción Realidades en Red
Periodista formado en la UNAM.
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