jueves, enero 1, 2026
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Gobierno federal frena cobro del IEPS a videojuegos con contenido violento

Ciudad de México.— La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo emitió este martes un decreto mediante el cual se elimina, en los hechos, el impuesto de 8 por ciento aplicado a los videojuegos con contenido violento o extremo, gravamen que había sido incorporado a la Ley de Ingresos y cuya entrada en vigor estaba prevista para este 1 de enero.

El decreto, publicado el 31 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece un estímulo fiscal equivalente al cien por ciento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para quienes comercialicen, distribuyan o faciliten el acceso a videojuegos clasificados para adultos y no aptos para menores de 18 años, tanto en formato físico como digital.

Con esta decisión, el Ejecutivo federal optó por una vía administrativa para neutralizar el gravamen, luego de que la propia mandataria reconociera en días recientes que la aplicación del impuesto resultaba compleja y que su impacto en la recaudación sería marginal. La alternativa de modificar la Ley de Ingresos en el Congreso fue descartada debido a la inminente entrada en vigor de la norma.

El estímulo fiscal beneficia, por un lado, a las personas físicas o morales que enajenan videojuegos con contenido violento o extremo en territorio nacional y que, conforme a la Ley del IEPS, estarían obligadas al pago del impuesto. Por otro, alcanza también a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, así como a proveedores nacionales y foráneos de servicios digitales que permitan la descarga o acceso a este tipo de videojuegos.

El decreto precisa que los contribuyentes que apliquen el estímulo no deberán enterar cantidad alguna por concepto de IEPS derivado de estas actividades. En consecuencia, quedan relevados de ciertas obligaciones fiscales vinculadas exclusivamente a dicho impuesto, lo que evita que incurran en supuestos de incumplimiento que podrían derivar en el bloqueo temporal de servicios digitales.

No obstante, el documento aclara que el estímulo sólo será procedente si el impuesto no es trasladado al consumidor final, con el fin de impedir beneficios fiscales indebidos. El monto del estímulo será acreditable contra el IEPS que, en su caso, correspondería pagar por la enajenación o prestación de los servicios señalados, sin que ello genere derecho a devolución o compensación alguna.

Finalmente, el decreto faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para emitir las reglas de carácter general necesarias para la correcta aplicación del estímulo fiscal y demás disposiciones relacionadas.

La medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026.

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