Viva Aerobús informó que de acuerdo con la sentencia emitida por un tribunal federal, la Tarifa Zero se encuentra “en su totalidad” apegada a lo que estipula la Ley de Aviación Civil. Lo anterior luego de que en noviembre del año pasado, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) colocó sellos de suspensión en sus mostradores en Puerto Vallarta, por cobrar el equipaje de mano y no incluirlo en tarifa básica del boleto.

“Esta resolución a favor de la aerolínea resulta de un amparo interpuesto por Viva Aerobús, por la alerta emitida por Profeco el 1 de diciembre de 2021, cuya interpretación de la Ley de Aviación Civil difería con lo ofrecido por la Tarifa Zero”.

“De acuerdo con la sentencia de la autoridad judicial, se determinó que los pasajeros pueden acceder a dichas tarifas preferenciales ya sea si deciden renunciar a su derecho de transportar equipaje de mano o equipaje documentado. Por consiguiente, tras esta resolución, tal alerta queda sin efecto y todos los pasajeros podrán seguir disfrutando de las ventajas de viajar ligero y ahorrando más con este tipo de modalidades de viaje”.

La aerolínea recordó que “consciente de las diversas necesidades y perfiles de los pasajeros”, ofrece cuatro modalidades de viaje que incluyen distinto número de maletas, de peso y tamaño diferentes. De esta manera, dijo, es capaz de proporcionar a sus pasajeros importantes descuentos, en beneficio de su economía, cuando no desean transportar cierta cantidad de equipaje. Así, aseguró, se les confiere de libertad y el derecho de elección para evitar pagos innecesarios por servicios no requeridos.

Detalló que su tarifa base o estándar es Viva Smart, la cual incluye dos maletas de mano que suman hasta 15 y 25 kilogramos de equipaje documentado, “cumpliendo cabalmente con el equipaje establecido en la Ley de Aviación Civil”.

Además, agregó, de esta tarifa estándar, Viva Aerobús cuenta con tres precios preferenciales – Zero, Light y Extra- para quienes viajan ligeros de acuerdo con el Capítulo X Bis de los derechos y las obligaciones de los pasajeros, Artículo 47 Bis, Apartado X.

“En caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, el concesionario o permisionario podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero. Puntualmente, la Tarifa Zero incluye un artículo personal, cuyas medidas no excedan de 35x45x20 centímetros, como una bolsa de mano o mochila».